La de un acto, cuando fuere declarada, hará nulos todos los actos consecutivos que de él dependan.
Al declarar la , el tribunal establecerá, además, a cuáles actos anteriores o contemporáneos alcanza la misma por conexión con el acto anulado.
El tribunal que la declare ordenará, cuando fuere necesario y posible, la renovación, ratificación o rectificación de los actos anulados.
Qué significa en la práctica
Declarada la de un acto, se anulan también todos los actos consecutivos que dependan de él; el tribunal indica a qué actos alcanza y ordena, si es posible, renovarlos, ratificarlos o rectificarlos.