Ley 23.984

Artículo 46Oportunidad

Texto oficial

La cuestión de podrá ser promovida en cualquier estado de la instrucción, y hasta antes de fijada la audiencia para el debate, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36, 39 y 376.

Qué significa en la práctica

La cuestión de puede plantearse en cualquier momento de la instrucción y hasta antes de fijarse la audiencia de debate.

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