Ley 24.009

Artículo 1Transferencia del gas venteado a las provincias

Texto oficial

Transfi├®rase a todas las provincias el gas venteado por Yacimiento Petrol├¡feros Fiscales, Sociedad del Estado, dentro de sus jurisdicciones.

Qué significa en la práctica

Artículo central. Transfiere a cada provincia el gas que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado ventea dentro de su jurisdicción, es decir el gas natural asociado a la producción de petróleo que se quema en antorcha o se libera a la atmósfera por no ser económicamente aprovechable. No transfiere yacimientos ni concesiones: solo ese gas, y solo el que se ventea en el propio territorio de cada provincia.

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