Ley 24.013

Artículo 29Igualdad de trato (derogado)

Texto oficial

Regirá el principio de igualdad de trato entre los trabajadores permanentes y los contratados bajo cualquiera de estas modalidades, debiendo ser los salarios, las condiciones de trabajo y las garantías iguales para todos los trabajadores de la misma actividad y categoría.

Qué significa en la práctica

[DEROGADO por la Ley de Reforma Laboral de 1998] Garantizaba que los contratados bajo modalidades promovidas tuvieran el mismo y condiciones que los permanentes.

Normas relacionadas

← Ver en Ley Nacional de Empleo completaLeyes