Texto oficial
El número total de trabajadores contratados según las modalidades reguladas por este capítulo, salvo el de temporada, no podrá superar el treinta por ciento (30 %) del plantel permanente. En empresas de seis a veinticinco trabajadores el máximo será del cincuenta por ciento (50 %); con hasta cinco trabajadores, del cien por ciento (100 %), no pudiendo exceder de tres trabajadores.