Ley 24.013

Artículo 46Exención de contribuciones (derogado)

Texto oficial

El empleador será eximido del pago del cincuenta por ciento (50 %) de las contribuciones patronales por este tipo de contratos a las cajas de jubilaciones, al INSSJP, a las cajas de asignaciones y subsidios familiares, y al Fondo Nacional del Empleo.

Qué significa en la práctica

[DEROGADO por la Ley de Reforma Laboral de 1998] El gran incentivo del de fomento: el empleador pagaba la mitad de las contribuciones patronales.

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