Fórmula de cierre con la que el Congreso remite la ley sancionada al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación. No tiene contenido propio. En este caso el Poder Ejecutivo no dictó decreto de promulgación: dejó vencer el plazo del artículo 80 de la Constitución Nacional y la ley quedó promulgada de hecho el 10 de diciembre de 1991.