Ley 24.044

Artículo 1Art├¡culo 3┬░ bis de la Ley 23.344 ÔÇö multa, sumario y recurso (segundo p├írrafo observado)

Texto oficial

Incorp├│rase como art├¡culo 3┬║ bis de la Ley 23.344 el siguiente: Art. 3┬║ bis. ÔÇô Los infractores a las disposiciones de la presente ley ser├ín sancionados con multa de quinientos mil (500.000) a cincuenta millones (50.000.000) de australes, valores al mes de julio de 1990. Los montos de la multa establecidos ser├ín actualizados trimestralmente, de conformidad a la variaci├│n que experimente el ├¡ndice de precios mayoristas no agropecuarios que publica el Instituto Nacional de Estad├¡stica y Censos o el organismo que lo reemplace y tomando como base el mes de julio de 1990. La multa ser├í aplicada por la Subsecretar├¡a de Industria y Comercio, previo sumario que asegure el derecho de defensa y de acuerdo con el procedimiento que establezca la reglamentaci├│n de esta ley. Las resoluciones que impongan sanciones ser├ín recurribles ante la C├ímara Nacional de Apelaciones en lo Penal Econ├│mico dentro del plazo de cinco (5) d├¡as de su notificaci├│n. El recurso deber├í interponerse y fundarse ante la Subsecretar├¡a de Industria y Comercio, la cual lo elevar├í a la C├ímara, juntamente con el sumario en el t├®rmino de diez (10) d├¡as.

Qué significa en la práctica

Incorpora a la Ley 23.344 el r├®gimen sancionatorio que le faltaba. La multa iba de 500.000 a 50.000.000 de australes a valores de julio de 1990, la aplicaba la Subsecretar├¡a de Industria y Comercio previo sumario que asegurara el derecho de defensa, y la resoluci├│n era recurrible ante la C├ímara Nacional de Apelaciones en lo Penal Econ├│mico en cinco d├¡as, con el recurso interpuesto y fundado ante la propia Subsecretar├¡a, que deb├¡a elevarlo con el sumario en diez d├¡as. Atenci├│n: el segundo p├írrafo, el que actualizaba los montos por el ├¡ndice de precios mayoristas no agropecuarios, fue OBSERVADO por el Decreto 2721/1991 y nunca entr├│ en vigor, porque el art├¡culo 7 de la Ley de Convertibilidad de Convertibilidad prohib├¡a indexar. Todo el art├¡culo, adem├ís, qued├│ derogado en 2011 por la Ley 26.687 (Control del Tabaco).

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