Los sueldos y gastos que demande el cumplimiento de la presente, hasta tanto se incluyan en la ley de presupuesto, se atenderán de "Rentas Generales" con imputación a la misma.
Qué significa en la práctica
Hasta que los sueldos y los gastos del nuevo juzgado y de la fiscalía se incorporen a la ley de presupuesto, se atienden con Rentas Generales. Es la fórmula habitual para que la creación no quede paralizada por falta de partida.