Ley 24.051

Artículo 17Obligaciones del generador

Texto oficial

— Los generadores de deberán: a) Adoptar medidas tendientes a disminuir la cantidad de que generen; b) Separar adecuadamente y no mezclar incompatibles entre sí; c) Envasar los residuos, identificar los recipientes y su contenido, numerarlos y fecharlos, conforme lo disponga la ; d) Entregar los que no trataren en sus propias plantas a los transportistas autorizados, con indicación precisa del destino final en el pertinente manifiesto, al que se refiere el artículo 12 de la presente.

Qué significa en la práctica

Debe reducir la cantidad de residuos, no mezclar incompatibles, envasarlos e identificarlos, y entregar los que no trate a transportistas autorizados con el manifiesto correspondiente.

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