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Ley 24.060

VigenteNacional

Cesi├│n gratuita de un inmueble a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires con cargo de construir un edificio escolar

Sanción:18 de diciembre de 1991Promulgación:13 de enero de 1992BO:20 de enero de 1992Ver fuente oficial
2artículos
inmuebles del Estadocesi├│n gratuitacargoinfraestructura escolarMunicipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de un solo art├¡culo dispositivo, del tipo m├ís frecuente en el Congreso de la ├®poca: la cesi├│n de un inmueble fiscal para un destino determinado. Lo que la distingue de una donaci├│n simple es el cargo. El Estado Nacional no se limita a ceder los 2.200 metros cuadrados: los cede con la obligaci├│n de que la Municipalidad construya un edificio escolar para Jard├¡n de Infantes y educaci├│n primaria a favor de una escuela concreta, la N┬░ 16 del Distrito Escolar N┬░ 9, "Capit├ín de Fragata Carlos M. Moyano". Ese cargo es lo que le da sentido jur├¡dico a la gratuidad: el beneficiario no recibe un bien para disponer de ├®l, sino un terreno afectado a un fin que debe cumplir. La descripci├│n del inmueble es minuciosa porque se trata de un remanente urbano de dif├¡cil identificaci├│n catastral: la parcela linda con la parroquia en construcci├│n Nuestro Se├▒or del Milagro y se define por las prolongaciones de dos calles, Virrey Loreto y Zabala, hacia el suroeste hasta las v├¡as del Ferrocarril Mitre. La ley se sancion├│ en la misma tanda de diciembre de 1991 que la Ley de transferencia de las escuelas a las provincias de transferencia de los servicios educativos: la Municipalidad recib├¡a por un lado la administraci├│n de las escuelas y por otro los terrenos para construirlas.

Objetivo

Ceder gratuitamente un terreno fiscal de 2.200 metros cuadrados en Belgrano a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con el cargo de construir allí un edificio escolar para el jardín de infantes y la primaria de la Escuela N° 16 del Distrito Escolar N° 9.

Problema que resuelve

La Escuela N° 16 del Distrito Escolar N° 9 necesitaba un edificio con para prestar servicios educativos de jardín de infantes y primaria, y había un terreno fiscal disponible en la zona. Sin una ley del Congreso, el Estado Nacional no podía transferir gratuitamente un inmueble de su , y la Municipalidad no podía construir sobre un terreno que no era suyo. La ley resuelve el bloqueo y, con el cargo, asegura que el terreno no termine con otro destino.

A quiénes alcanza

comunidad educativa de la Escuela N° 16 del Distrito Escolar N° 9Municipalidad de la Ciudad de Buenos Airesvecinos del barrio de Belgranoorganismos nacionales de administración de bienes del Estadofamilias con hijos en jardín de infantes y primaria de la zona
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado Nacional debe ceder gratuitamente el inmueble de 2.200 metros cuadrados descripto en la ley a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, e instrumentar la transferencia del .
  • La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires queda obligada por el cargo: construir a favor de la Escuela N┬░ 16 del Distrito Escolar N┬░ 9 un edificio escolar para Jard├¡n de Infantes y educaci├│n primaria con para brindar servicios educativos.
  • El terreno queda afectado al destino educativo indicado por la ley y no puede aplicarse a otro fin.

Derechos que reconoce

  • Derecho de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a recibir el inmueble en forma gratuita y a que se instrumente la transferencia del .
  • Derecho de la comunidad educativa de la Escuela N┬░ 16 del Distrito Escolar N┬░ 9 a que el terreno se destine al edificio escolar previsto: el cargo se establece expresamente a su favor.
  • Derecho de los vecinos del ├írea a que el inmueble conserve el destino educativo que la ley le fija.

Casos de uso

  • La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires solicita la escrituraci├│n del terreno cedido para poder licitar la obra del edificio escolar.
  • La comunidad de la Escuela N┬░ 16 reclama el cumplimiento del cargo porque el terreno sigue sin construir: la ley identifica el beneficiario y el destino con precisi├│n suficiente para exigirlo.
  • Se propone usar el terreno para otro fin municipal: el cargo impuesto por la ley lo impide, porque la cesi├│n fue gratuita y con destino determinado.

Preguntas frecuentes

Un terreno de 2.200 metros cuadrados en el barrio de Belgrano de la Ciudad de Buenos Aires, ubicado sobre la calle Moldes entre la prolongación de la calle Virrey Loreto y la prolongación de la calle Zabala hacia el suroeste por las vías del Ferrocarril Mitre, lindante con la parroquia en construcción Nuestro Señor del Milagro.