La factura conformada o segunda factura debe contener:
a) La denominaci├│n "factura conformada" o "segunda factura";
b) Las condiciones previstas en los incisos b), c), d), e), f), g) y h) del artículo 3°;
c) La firma del comprador o locatario como prueba de reconocimiento del contenido de la factura originaria o primera factura y conformada o segunda factura.
Qué significa en la práctica
La segunda factura repite todo el contenido de la primera y le agrega lo decisivo: la firma del comprador. Esa firma es la que transforma un reclamo del vendedor en una deuda reconocida por el deudor, y es la raz├│n por la que el documento puede descontarse en un banco. La ley aclara que la firma prueba el reconocimiento del contenido de ambas facturas, con lo cual el comprador no puede despu├®s decir que firm├│ sin conocer los t├®rminos de la operaci├│n.