Artículo 34Procedimientos de la Secretaría de Energía
Texto oficial
La SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA establecerá procedimientos ágiles, transparentes y competitivos que posibiliten a los actores del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) el ejercicio del derecho a la exportación e importación de energía eléctrica, y podrá formular objeciones por motivos fundados técnica o económicamente en la seguridad del suministro.
Qué significa en la práctica
La Secretaría de Energía establece los procedimientos del mercado eléctrico.