Ley 24.065

Artículo 4 bisUsuarios-generadores

Texto oficial

También actúan en el mercado eléctrico nacional: (i) los usuarios-generadores reglados en la Generación Distribuida y aquellos que habilite la normativa federal, independientemente de la fuente, en los términos de la normativa al respecto que dicte la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y (ii) los participantes identificados por la reglamentación, incluidos los comercializadores y almacenistas.

Qué significa en la práctica

Tambien actuan en el mercado electrico nacional los usuarios-generadores de la Generación Distribuida y los que habilite la normativa federal.

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