Ley 24.073

Artículo 17Exteriorización por sociedades

Texto oficial

La exteriorización efectuada por las sociedades comprendidas en el inciso b) del Art. 49 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1986 y sus modificaciones, liberará el impuesto a las ganancias del período fiscal al cual se impute la liberación, correspondiente a los socios que hubieran resultado contribuyentes en dicho período, en la proporción de la materia imponible que le sea atribuible de acuerdo con su participación en la misma.

Qué significa en la práctica

Regula la exteriorización efectuada por las sociedades del inciso b) del art. 49 de Ganancias y sus efectos.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de reforma tributaria 1992 completaLeyes