Quedan autorizadas las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones de gas natural deberán ser reglamentadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL conforme con lo establecido en el Art. 6 — Ley de Hidrocarburos y sus modificatorias.
Qué significa en la práctica
Autoriza las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa.