Ley 24.076

Artículo 49Consumidores que compran directo

Texto oficial

Los consumidores que hagan uso del derecho de adquirir el gas directamente según lo prescripto en el artículo 13 de la presente ley y que utilicen instalaciones del distribuidor deberán abonar la tarifa de distribución que corresponda, pudiendo, sin , negociar un acuerdo entre las partes en los términos del artículo 41, segundo y tercer párrafo de esta ley. Dicha obligatoriedad no rige para quienes no utilicen las instalaciones del distribuidor. Los consumidores que contraten directamente con el productor podrán construir, a su exclusivo costo, sus propios ramales de alimentación para satisfacer sus necesidades de consumo. X - Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad

Qué significa en la práctica

Regula a los consumidores que adquieren el gas directamente del productor.

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