Ley 24.076

Artículo 48Cálculo de tarifas

Texto oficial

Sin perjuicio de que el cálculo de tarifas debe efectuarse de acuerdo a la metodología indicada en los artículos 38 y 39, el PODER EJECUTIVO NACIONAL propondrá al Congreso Nacional otorgar subsidios, los que deberán ser explícitos y contemplados en el presupuesto nacional.

Qué significa en la práctica

Regula el cálculo de las tarifas según los principios de la ley.

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