Ley 24.076

Artículo 76Acto de ejecución

Texto oficial

El PODER EJECUTIVO NACIONAL en el respectivo acto de ejecución deberá determinar, y podrá dejar sin efecto, los privilegios y/o cláusulas monopólicas y/o prohibiciones discriminatorias aun cuando derivaran de normas legales, cuyo mantenimiento obste al proceso de privatización y al plan de reestructuración que se aprueba por esta ley.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe cumplir los recaudos en el acto de ejecución.

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