Ley 24.127

Artículo 17Autoridad de aplicaci├│n en la administraci├│n p├║blica

Texto oficial

El Poder Ejecutivo o quien ├®ste designe, ser├í la autoridad de aplicaci├│n del Premio Nacional a la Calidad a otorgarse en la administraci├│n p├║blica, correspondi├®ndole disponer lo necesario para su establecimiento e instrumentaci├│n.

Qué significa en la práctica

Abre el cap├¡tulo del premio estatal con una definici├│n flexible: la autoridad de aplicaci├│n es el Poder Ejecutivo o quien ├®ste designe, y le corresponde disponer todo lo necesario para el establecimiento e instrumentaci├│n del premio. A diferencia del cap├¡tulo del sector privado, ac├í no hay fundaci├│n ni junta de evaluadores creadas por la ley: el dise├▒o institucional queda en manos del Ejecutivo. La asimetr├¡a es deliberada, porque el Estado no puede delegar en una fundaci├│n privada la evaluaci├│n de sus propios organismos, pero tiene un costo: el premio del sector p├║blico qued├│ con muchas menos garant├¡as de independencia que el del sector privado.

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