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Ley 24.134

VigenteNacional

Sustituci├│n de los anexos de la Ley 24.121 de implementaci├│n del C├│digo Procesal Penal

Sanción:3 de septiembre de 1992Promulgación:23 de septiembre de 1992BO:28 de septiembre de 1992Ver fuente oficial
2artículos
implementación del Código Procesal Penalplanta de cargos del Poder Judicialtribunales oralesCámara Nacional de Casación Penalejecución penalPolicía Judicialasistencia a la víctima y al testigopresupuesto judicialjusticia de menoresfuero penal económico
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos art├¡culos. El art├¡culo 1┬░ sustituye los anexos I a X de la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal por otros diez, que se detallan a continuaci├│n en el texto oficial. La Ley de implementaci├│n del juicio oral penal, sancionada apenas cuatro meses antes, es la que hizo operativo el C├│digo Procesal Penal de 1991: cre├│ los tribunales orales, la C├ímara Nacional de Casaci├│n Penal, los juzgados de ejecuci├│n penal, la Polic├¡a Judicial y la Oficina de Asesoramiento y Asistencia a la V├¡ctima y al Testigo, y en diez anexos fij├│ cargo por cargo la dotaci├│n de cada uno y la partida presupuestaria que lo financiaba. Esta ley reemplaza esas diez planillas. El contenido de los nuevos anexos es el siguiente. Anexo I, partida 1992, C├ímara Nacional de Casaci├│n Penal: trece jueces de c├ímara de casaci├│n, un secretario general, cuatro secretarios y cuatro prosecretarios de c├ímara, dos fiscales de c├ímara de casaci├│n con tres secretarios de fiscal├¡a, un defensor de c├ímara de casaci├│n con su secretario, y treinta y ocho cargos administrativos y de servicio; total 85. Anexo II, partida 1992/1993, Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal: dieciocho jueces de c├ímara, seis fiscales, un defensor oficial, seis secretarios y tres defensores de pobres, incapaces y ausentes; total 34. Anexo III, Tribunales Orales en lo Criminal Federal del Interior: con partida 1992, sesenta jueces de c├ímara, veintitr├®s fiscales, veintitr├®s defensores oficiales, veinti├║n secretarios y doscientos cuarenta y ocho cargos administrativos, t├®cnicos y de servicio, total 375; y con partida 1993, para los tribunales a implementar, otros 198 cargos con la misma composici├│n proporcional. Anexo IV, partida 1992/1993, Tribunales Orales Criminales de la Capital Federal: ochenta y cuatro jueces de c├ímara, treinta fiscales, diez defensores oficiales, veintiocho secretarios y noventa cargos administrativos y de servicio (subtotal 242), m├ís veintitr├®s fiscales de primera instancia del Ministerio P├║blico Fiscal de Instrucci├│n; total 265. Anexo V, partida 1993, Juzgados Correccionales de la Capital Federal: nueve jueces de primera instancia, catorce fiscales y veintid├│s secretarios del Ministerio P├║blico ante los juzgados nacionales, y siete defensores de pobres, incapaces y ausentes; total 52. Anexo VI, partida 1992/1993, Tribunales Orales de Menores de la Capital Federal: nueve jueces de c├ímara, tres fiscales, un defensor oficial, cuatro asesores de menores de segunda instancia, tres secretarios y doce cargos administrativos y de servicio (subtotal 35), m├ís el Ministerio P├║blico ante los juzgados nacionales de menores (18), la defensor├¡a (2), la Superintendencia del Servicio Social Tutelar con catorce asistentes sociales (18), un equipo interdisciplinario de psiquiatras, psic├│logos y asistentes sociales especializados en problemas infanto juveniles (12) y el refuerzo del Cuerpo M├®dico Forense con forenses, anatomopat├│logos, un perito qu├¡mico y un odont├│logo legista (11); total 96. Anexo VII, partida 1992/1993, Tribunales Orales en lo Penal Econ├│mico de la Capital Federal: ocho jueces de c├ímara, cuatro fiscales, dos defensores oficiales, dos secretarios y cuatro prosecretarios (subtotal 20), m├ís el Ministerio P├║blico del (12) y seis peritos contadores propios; total 38. Anexo VIII, partida 1992/1993, Juzgados Nacionales de Ejecuci├│n Penal: tres jueces de primera instancia, un fiscal, un defensor oficial, cuatro secretarios, la Oficina de Ejecuci├│n Penal con diecisiete secretarios y un equipo interdisciplinario de dos m├®dicos, dos psiquiatras, dos psic├│logos y cuatro asistentes sociales (subtotal 36), m├ís dos procuradores fiscales y cuatro relatores para la Procuraci├│n General de la Naci├│n; total 42. Anexo IX, Polic├¡a Judicial: un director, un secretario de sumario y asuntos judiciales y cincuenta y dos secretarios de primera instancia; total 54. Anexo X, partida 1992/1993, Oficina de Asesoramiento y Asistencia a la V├¡ctima y al Testigo (un director, dos asistentes sociales, dos psic├│logos y dos abogados), un administrador judicial, un director de Archivo General y un director de Inform├ítica Jur├¡dica; total 10. El art├¡culo 2┬░ es la f├│rmula de comunicaci├│n al Poder Ejecutivo.

Objetivo

Corregir la dotaci├│n de cargos y la imputaci├│n presupuestaria de la estructura judicial creada por la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal para poner en funcionamiento el C├│digo Procesal Penal de 1991, sin modificar el dise├▒o institucional de la reforma.

Problema que resuelve

La Ley de implementaci├│n del juicio oral penal no s├│lo mand├│ aplicar el C├│digo Procesal Penal de 1991: tuvo que inventar los tribunales que el c├│digo presupon├¡a. El c├│digo pasaba de un procedimiento escrito con instrucci├│n a cargo del juez a un y p├║blico, y eso exige tribunales colegiados que antes no exist├¡an: tribunales orales en lo criminal, tribunales orales federales, tribunales de menores, un penal econ├│mico oral, juzgados de ejecuci├│n penal, una c├ímara de casaci├│n. Cada uno de esos ├│rganos necesitaba jueces, fiscales, defensores, secretarios, personal administrativo y una partida de d├│nde pagarlos, y todo eso se volc├│ en diez planillas anexas. Cuatro meses despu├®s qued├│ claro que las planillas originales no serv├¡an: hab├¡a cargos mal categorizados, dotaciones insuficientes para el volumen real de causas y una distribuci├│n entre las partidas de 1992 y 1993 que no cerraba con el cronograma de implementaci├│n. Antes que reformar el articulado, el Congreso reemplaz├│ las diez planillas de un golpe. Es una ley invisible en el debate p├║blico y decisiva en la pr├íctica: sin la dotaci├│n corregida, los tribunales orales que la reforma creaba habr├¡an quedado en el papel.

A quiénes alcanza

jueces, fiscales y defensores del fuero penal nacional y federalpersonal administrativo y t├®cnico del Poder Judicial de la Naci├│nMinisterio P├║blico FiscalDefensor├¡a de Pobres, Incapaces y AusentesCuerpo M├®dico Forensev├¡ctimas y testigos en el proceso penalpersonas privadas de libertad sujetas a control judicial de la penamenores sometidos a proceso penalProcuraci├│n General de la Naci├│nMinisterio de JusticiaCorte Suprema de Justicia de la Naci├│n
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe crear y financiar exactamente los cargos que detallan los diez anexos: 1.249 en total, distribuidos entre la C├ímara Nacional de Casaci├│n Penal, los tribunales orales criminales y federales, los tribunales de menores, el penal econ├│mico, los juzgados correccionales, los juzgados de ejecuci├│n penal, la Polic├¡a Judicial y las oficinas de apoyo.
  • Cada cargo debe imputarse a la partida presupuestaria que su anexo indica: 1992, 1993 o 1992/1993 seg├║n el organismo, lo que fija adem├ís el orden en que la estructura deb├¡a ponerse en marcha.
  • Los tribunales orales en lo criminal federal del interior que quedaban por implementar deben cubrirse con los 198 cargos previstos en la partida de 1993 del Anexo III.
  • Los juzgados nacionales de ejecuci├│n penal deben contar con la Oficina de Ejecuci├│n Penal y con un equipo interdisciplinario integrado por m├®dicos, m├®dicos psiquiatras, psic├│logos y asistentes sociales.
  • Los tribunales orales de menores deben contar con la Superintendencia del Servicio Social Tutelar y con un equipo interdisciplinario de psiquiatras, psic├│logos y asistentes sociales especializados en problemas infanto juveniles.
  • El penal econ├│mico debe contar con seis peritos contadores propios.
  • Debe integrarse la Oficina de Asesoramiento y Asistencia a la V├¡ctima y al Testigo con un director, dos asistentes sociales, dos psic├│logos y dos abogados.

Derechos que reconoce

  • Las personas imputadas ante los nuevos tribunales orales tienen a su disposici├│n defensores oficiales de c├ímara y defensores de pobres, incapaces y ausentes, cuyos cargos estos anexos crean expresamente en cada .
  • Las v├¡ctimas y los testigos tienen derecho a la asistencia de la Oficina de Asesoramiento y Asistencia a la V├¡ctima y al Testigo, cuya dotaci├│n fija el Anexo X: un director, dos asistentes sociales, dos psic├│logos y dos abogados.
  • Las personas condenadas tienen jueces de ejecuci├│n penal ÔÇötres, seg├║n el Anexo VIIIÔÇö con una oficina y un equipo interdisciplinario que los asiste, para el control judicial del cumplimiento de la pena.
  • Los menores sometidos a proceso cuentan con asesores de menores de segunda instancia, con la Superintendencia del Servicio Social Tutelar y con un equipo interdisciplinario especializado en problemas infanto juveniles.

Casos de uso

  • Un lector abre la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal y ve que sus anexos no coinciden con lo que dice su articulado: la explicaci├│n es esta ley, que los reemplaz├│ cuatro meses despu├®s. Para saber cu├íntos cargos se crearon realmente hay que leer los anexos de la 24.134, no los originales.
  • Un investigador quiere saber con cu├íntos jueces arranc├│ el en la Argentina: los anexos dan el n├║mero exacto por . Ochenta y cuatro jueces de c├ímara para los tribunales orales criminales de la Capital, sesenta para los tribunales orales federales del interior con partida 1992 y treinta y tres m├ís con partida 1993, dieciocho para los federales de la Capital, trece jueces de casaci├│n, nueve correccionales, nueve de menores, ocho de penal econ├│mico y tres de ejecuci├│n penal.
  • Alguien se pregunta desde cu├índo existe en la justicia federal una oficina para las v├¡ctimas: desde el Anexo X de esta ley, que le pone dotaci├│n propia ÔÇöun director, dos asistentes sociales, dos psic├│logos y dos abogadosÔÇö dentro del paquete de implementaci├│n del c├│digo de 1991.
  • Un abogado busca el origen del de ejecuci├│n penal: el Anexo VIII crea sus tres juzgados con un fiscal, un defensor oficial, cuatro secretarios, una Oficina de Ejecuci├│n Penal de diecisiete secretarios y un equipo interdisciplinario de diez profesionales. Es el que despu├®s controla salidas transitorias, libertades condicionales y c├│mputos de pena.

Preguntas frecuentes

Reemplaza los diez anexos de la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal, la ley que puso en funcionamiento el C├│digo Procesal Penal de 1991. Esos anexos son planillas de cargos: dicen cu├íntos jueces, fiscales, defensores, secretarios y empleados se crean en cada tribunal nuevo y contra qu├® partida presupuestaria ÔÇö1992, 1993 o ambasÔÇö se imputa cada uno. La ley tiene s├│lo dos art├¡culos: el primero sustituye las diez planillas y el segundo es la comunicaci├│n al Poder Ejecutivo.