Ley 24.156

Artículo 106Información de la Contaduría

Texto oficial

La Sindicatura General podrá requerir de la Contaduría General de la Nación y de los organismos comprendidos en el ámbito de su , la información que le sea necesaria, para el cumplimiento de sus funciones. Para ello todos los agentes y/o autoridades del sector público nacional prestarán su colaboración, considerándose la conducta adversa como falta grave.

Qué significa en la práctica

La SIGEN puede requerir información a la Contaduría General.
← Ver en Administración Financiera completaLeyes