A los efectos de lo dispuesto en los artículos 53 y 54 de la presente ley, la autoridad sanitaria jurisdiccional podrá requerir en caso necesario auxilio de la fuerza pública, y solicitar órdenes de allanamiento de los tribunales federales o provinciales competentes. XII — DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL ESPECIAL
Qué significa en la práctica
La autoridad sanitaria puede requerir el auxilio de la fuerza pública y órdenes de allanamiento.