Ley 24.195

Artículo 38Salario docente privado

Texto oficial

Los/as docentes de las instituciones educativas de gestión privada reconocidas tendrán derecho a una mínima igual a la de los/as docentes de instituciones de gestión estatal y deberán poseer títulos reconocidos por la normativa vigente en cada .

Qué significa en la práctica

Los docentes de instituciones de gestión privada reconocidas tienen derecho a un mínimo igual al de la gestión estatal y deben poseer títulos reconocidos.

Normas relacionadas

← Ver en Ley Federal de Educación completaLeyes