Ley 24.195

Artículo 45Obligaciones de los padres

Texto oficial

Los padres o tutores de los alumnos/as, tienen las siguientes obligaciones: a) Hacer cumplir a sus hijos/as con la Educación General Básica y Obligatoria (artículo 10) o con la Educación Especial (artículo 27). b) Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos/as. c) Respetar y hacer respetar a sus hijos/as las normas de convivencia de la unidad educativa.

Qué significa en la práctica

Los padres deben hacer cumplir la EGB obligatoria (o la educación especial), apoyar el proceso educativo y respetar las normas de convivencia.

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