Ley 24.195

Artículo 46Derechos de los docentes

Texto oficial

Sin perjuicio de los derechos laborales reconocidos por la normativa vigente y la que se establezca a través de una legislación específica, se resguardarán los derechos de todos los trabajadores/as de la educación del ámbito estatal y privado a: a) Ejercer su profesión sobre la base del respeto a la libertad de cátedra y a la libertad de enseñanza, en el marco de las normas pedagógicas y curriculares establecidas por la autoridad educativa. b) Ingresar en el sistema mediante un régimen de concursos que garantice la idoneidad profesional y el respeto por las incumbencias profesionales, y ascender en la carrera docente, a partir de sus propios méritos y su actualización profesional. c) Percibir una justa por sus tareas y capacitación. d) El cuidado de la salud y la prevención de enfermedades laborales. e) Ejercer su profesión en edificios que reúnan las condiciones de salubridad y seguridad acordes con una adecuada calidad de vida y a disponer en su lugar de trabajo del equipamiento y de los recursos didácticos necesarios. f) El reconocimiento de los servicios prestados y el acceso a beneficios especiales cuando los mismos se realicen en establecimientos de zonas desfavorables o aisladas. g) Un sistema previsional que permita, en el ejercicio profesional, la movilidad entre las distintas jurisdicciones, el reconocimiento de los aportes y la antigüedad acumulada en cualquiera de ellas. h) La participación gremial. i) La capacitación, actualización y nueva formación en servicio, para adaptarse a los cambios curriculares requeridos. Los trabajadores de la educación de establecimientos de gestión privada deberán poseer títulos habilitantes reconocidos por la correspondiente educativa para el ejercicio de la profesión, en cuyo caso tendrán derecho a las condiciones de labor prescriptas en el presente artículo, con excepción de los incisos a) y b).

Qué significa en la práctica

Enumera los derechos de los docentes: libertad de cátedra y de enseñanza, ingreso por concurso, justa, cuidado de la salud, sistema previsional, participación gremial y capacitación.

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