Quedan excluidas del régimen de la presente ley las actividades vinculadas a: a) Hidrocarburos líquidos y gaseosos. b) El proceso industrial de fabricación de cemento a partir de la calcinación. c) El proceso industrial de fabricación de cerámicas. d) Las arenas, canto rodado y piedra partida, destinadas a la industria de la construcción.
Qué significa en la práctica
Excluye los hidrocarburos, la fabricación de cemento y cerámica y los áridos (arenas, canto rodado, piedra partida) para la construcción.