Ley 24.241

Artículo 129Vigencia del libro

Texto oficial

Las disposiciones del presente libro entrarán en vigor en la fecha que fije el Poder Ejecutivo, la que no podrá ser establecida en un plazo menor a nueve (9) meses, ni mayor a dieciocho (18) meses, contados a partir de la promulgación de esta ley. Hasta la fecha aludida en el párrafo anterior, continuarán aplicándose las disposiciones legales vigentes hasta ese momento, con las modificaciones introducidas por la presente ley. Proceso de incorporación

Qué significa en la práctica

Las disposiciones del libro entran en vigor en la fecha que fije el Poder Ejecutivo.

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