Ley 24.241

Artículo 141Ilícitos concurrentes

Texto oficial

Será reprimido con prisión de 5 a 15 años quien, incurriendo en los ilícitos tipificados en este capítulo, causare un perjuicio a un fondo de jubilaciones y pensiones procurando un beneficio indebido para sí o para un tercero.

Qué significa en la práctica

Reprime con pena mayor a quien incurra en varios de los ilícitos tipificados.

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