Ley 24.241

Artículo 142Incumplimiento de prestaciones

Texto oficial

Será reprimido con prisión de 4 a 10 años el obligado al cumplimiento de las prestaciones previsionales establecidas en esta ley que no efectivizara en forma oportuna e íntegra las prestaciones previsionales a las que se encuentre obligado, a quien resulte beneficiario de las mismas. El se configurará cuando el obligado no diera cumplimiento a los deberes aludidos dentro de los 5 días de notificada la intimación respectiva en su domicilio real o en el asiento de sus negocios.

Qué significa en la práctica

Reprime al obligado al cumplimiento de las prestaciones que no las cumpla.

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