Ley 24.331

Artículo 10Prohibición de consumo

Texto oficial

Queda prohibido el consumo de mercaderías dentro de la zona franca, en aquellos casos distintos a las actividades propias del funcionamiento de la misma. Lo dispuesto precedentemente no será de aplicación para el consumo de vituallas destinadas al personal que preste servicios dentro de la zona franca.

Qué significa en la práctica

Prohíbe el consumo de mercaderías dentro de la zona franca, salvo el de vituallas del personal.

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