Exímese del pago de los impuestos nacionales que gravan los servicios básicos que se prestan dentro de la zona franca. A tal efecto se entenderá por servicios básicos aquellos que tengan por objeto la prestación o provisión de servicios de telecomunicaciones, gas, electricidad, agua corriente, cloacales y de desagüe.
Qué significa en la práctica
Exime del pago de impuestos nacionales a los servicios básicos prestados dentro de la zona franca (telecomunicaciones, gas, electricidad, agua, cloacas).