Ley 24.386

Artículo 1Aprobaci├│n del Protocolo de Managua

Texto oficial

Apru├®base el PROTOCOLO DE REFORMAS A LA CARTA DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS "PROTOCOLO DE MANAGUA", adoptado en Managua (REPUBLICA DE NICARAGUA) el 10 de junio de 1993, que consta de NUEVE (9) art├¡culos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Es el artículo que hace todo el trabajo: el Congreso aprueba el Protocolo de Managua, que reforma la Carta de la OEA fusionando el CIES y el CIECC en el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral. La aprobación legislativa no pone el tratado en vigor por sí sola: habilita al Poder Ejecutivo a ratificarlo en el plano internacional. El texto completo del Protocolo, de nueve artículos, se incorpora como anexo y tiene el mismo valor que el articulado.

Efectos prácticos

  • Habilita al Poder Ejecutivo a ratificar el Protocolo ante la OEA
  • El texto del Protocolo, anexado, integra la ley

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