Ley 24.424

Artículo 1Cultivo de escasa cantidad para consumo personal: escala penal atenuada (art├¡culo 5┬░ de la Ley 23.737)

Texto oficial

Incorpórase como último párrafo al artículo 5º de la Ley de Estupefacientes, el siguiente: "En el caso del inciso a), cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de un mes a dos años de prisión y serán aplicables los artículos 17, 18 y 21".

Qué significa en la práctica

Agrega un párrafo final al artículo 5° de la Ley de Estupefacientes, que es el que castiga sembrar o cultivar plantas para producir estupefacientes. Cuando la cantidad sembrada es tan escasa que surge sin dudas que estaba destinada al consumo personal, la pena deja de ser la del comercio de drogas y pasa a ser de un mes a dos años de prisión. Además se habilitan los artículos 17, 18 y 21 de la Ley de Estupefacientes: si la persona depende físicamente o psíquicamente de la droga, el tribunal puede sustituir la pena por un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación; si es un principiante o experimentador, por una medida educativa. Este párrafo sigue rigiendo: la Ley 27.302 (2016) reescribió todo el artículo 5° y lo conservó con la misma redacción.

Ejemplo práctico

Se secuestran dos plantas de cannabis en el patio de una casa, sin balanzas, ni fraccionamiento, ni dinero, ni movimiento de compradores. Como la escasa cantidad y las dem├ís circunstancias muestran que el destino era el consumo del propio cultivador, no se le aplica la escala del comercio de drogas sino la de un mes a dos a├▒os de prisi├│n; y si acredita dependencia, el tribunal puede sustituir la pena por un tratamiento de desintoxicaci├│n y rehabilitaci├│n en los t├®rminos de los art├¡culos 17 y 18 de la Ley 23.737.

Efectos prácticos

  • •Baja la pena del cultivo de escasa cantidad para consumo personal a un mes a dos a├▒os de prisi├│n.
  • •Habilita los art├¡culos 17, 18 y 21 de la Ley 23.737: tratamiento de desintoxicaci├│n o medida educativa en lugar de pena.
  • •S├│lo se aplica al inciso a) del art├¡culo 5┬░, es decir a la siembra y el cultivo.
  • •Sigue vigente: la Ley 27.302 reescribi├│ el art├¡culo 5┬░ en 2016 y conserv├│ este p├írrafo.

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