Ley 24.441

Artículo 62Falta de pago del comprador

Texto oficial

Cuando el comprador no abonare la totalidad del precio en tiempo, se efectuará nuevo remate. Aquél será responsable de la disminución real del precio que se obtuviere en la nueva subasta, de los intereses acrecidos y de los gastos ocasionados.

Qué significa en la práctica

Si el comprador no paga el precio en tiempo, se realiza un nuevo remate a su costa.

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