Ley 24.441

Artículo 89Costo de ocupación de la vía pública

Texto oficial

Redúcese el costo del derecho de ocupación y uso de la vía pública con obradores de empresas privadas por cuenta de terceros, previsto por el artículo 26 de la Ordenanza Tarifaria para el año 1994 (47.548), a la suma de cinco centavos ($ 0,05).

Qué significa en la práctica

Reduce el costo del derecho de ocupación de la vía pública con obradores.

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