Ley 24.467

Artículo 100Vencimiento del convenio

Texto oficial

Vencido el término de un o sesenta (60) días antes de su vencimiento, cualquiera de las partes signatarias podrá solicitar el inicio de las negociaciones colectivas para el ámbito de la pequeña empresa. A tal fin el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, deberá convocar a las partes. Las partes están obligadas a negociar de buena fe. Este principio supone los siguientes derechos y obligaciones: a) Concurrencia a la negociación y a las audiencias; b) Intercambio de información; c) Realización de esfuerzos conducentes para arribar a un acuerdo.

Qué significa en la práctica

Regula la situación al vencer el de la pequeña empresa.
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