Ley 24.467

Artículo 75Quiebra del socio

Texto oficial

Quiebra del socio. Si el socio quebrase antes de cancelar la deuda garantizada, la Sociedad de Garantía Recíproca tiene derecho de ser admitida previamente en el pasivo de la masa concursada.

Qué significa en la práctica

Regula la situación si el socio quiebra antes de cancelar la deuda garantizada.
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