Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a fijar una fecha límite para el ejercicio del derecho a regularizar las deudas en el marco de lo dispuesto en el título anterior, como así también podrá delegar en la D.G.I. el dictado de las normas complementarias necesarias para la aplicación y control de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a fijar una fecha límite para regularizar y a delegar en la DGI el dictado de las normas complementarias.