Resumen ejecutivo
La Ley 23.984 (Código Procesal Penal de la Nación) hab├¡a reemplazado el viejo proceso penal escrito por el , y la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal mont├│ en 1992 la estructura de tribunales, fiscal├¡as y defensor├¡as para hacerlo funcionar. A los dos a├▒os qued├│ claro que la defensa oficial no daba abasto: un solo defensor por dependencia frente a un sistema de audiencias orales simult├íneas. La Defensor├¡as adjuntas ante la Casaci├│n Penal y los tribunales orales responde a eso creando defensor├¡as adjuntas dentro de las defensor├¡as ya existentes, con sus cargos y su personal de apoyo. La figura del adjunto no es la de un defensor aut├│nomo: recibe ├│rdenes y est├í subordinado al titular de la defensor├¡a donde se desempe├▒a. La ley adem├ís ordena las jerarqu├¡as ÔÇöequipara a los defensores de C├ímara y a los adjuntos ante la Casaci├│n con los jueces de C├ímara, y a los adjuntos ante los tribunales orales en lo criminal y de menores con los jueces de primera instanciaÔÇö y somete toda la implementaci├│n a que exista cr├®dito presupuestario: sin ├®l, los designados no toman posesi├│n del cargo.Objetivo
Ampliar la de la defensa pública penal creando defensorías de pobres, incapaces y ausentes adjuntas, con sus cargos y personal administrativo, ante la Cámara Nacional de Casación Penal y los tribunales orales en lo criminal federal, en lo criminal y de menores de la Capital Federal.Problema que resuelve
La puesta en marcha del penal multiplic├│ las audiencias y los recursos de casaci├│n, pero la estructura de defensor├¡as oficiales dise├▒ada por la Ley de implementaci├│n del juicio oral penal se hab├¡a quedado corta. Con un ├║nico defensor por dependencia, la defensa de quienes no pueden pagar un abogado particular quedaba expuesta a superposiciones de audiencias y a demoras. Faltaba tambi├®n definir la jerarqu├¡a de estos funcionarios, que hasta entonces no estaba equiparada de manera uniforme.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes