Ley 24.481

Artículo 39Licencias no exclusivas

Texto oficial

Salvo estipulación en contrario la concesión de una licencia no excluirá la posibilidad, por parte del titular de la patente o modelo de utilidad, de conceder otras licencias ni realizar su explotación simultánea por sí mismo.

Qué significa en la práctica

La concesión de una licencia no excluye que el titular conceda otras, salvo pacto en contrario.

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