Artículo 6Derogación de artículos del decreto 290/95
Texto oficial
Deróganse los artículos 26, 27, 28 y 29 del decreto 290/95 dictado el 27 de febrero de 1995.
Qué significa en la práctica
Deroga los artículos 26 a 29 del decreto 290/95, que había sido dictado semanas antes en plena crisis. Al regular la misma materia por ley, el Congreso deja sin efecto esa parte del decreto.