Ley 24.521

Artículo 32Recurso ante la justicia

Texto oficial

Contra las resoluciones definitivas de las instituciones universitarias nacionales impugnadas con fundamento en la interpretación de las leyes de la Nación, los estatutos y demás normas internas, solo podrá interponerse recurso de ante la Cámara Federal de Apelaciones con en el lugar donde tiene su sede principal la institución universitaria.

Qué significa en la práctica

Las resoluciones definitivas de las universidades nacionales son recurribles ante la Cámara Federal.

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