Institúyese con carácter obligatorio la previa a todo juicio, la que se regirá por las disposiciones de la presente ley. Este procedimiento promoverá la comunicación directa entre las partes para la solución extrajudicial de la controversia. Las partes quedarán exentas del cumplimiento de este trámite si acreditaren que antes del inicio de la causa, existió ante mediadores registrados por el Ministerio de Justicia.
Qué significa en la práctica
Instituye con carácter obligatorio la previa a todo juicio, para promover la solución extrajudicial del conflicto.