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Tratado 24.580

VigenteTratadoNacional

Aprobaci├│n del Acuerdo sobre Inmunidades y Privilegios de la Agencia Brasile├▒o-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares

Sanción:25 de octubre de 1995Promulgación:22 de noviembre de 1995BO:27 de noviembre de 1995Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de dos artículos propios: uno que aprueba el acuerdo y otro de comunicación al Poder Ejecutivo. El texto del Acuerdo, de seis artículos, va como anexo y forma parte de la ley. Es una pieza de la arquitectura de confianza nuclear que Argentina y Brasil construyeron a comienzos de los años noventa. El Acuerdo de Guadalajara de 1991, aprobado por la Acuerdo nuclear con Brasil (SCCC y ABACC), creó la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares y le encomendó administrar el Sistema Común de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares, con facultad de inspeccionar las instalaciones de ambos países. Ese trabajo exige mover equipos y muestras de material nuclear cruzando la frontera, y sin una franquicia específica cada traslado quedaba sujeto a los trámites aduaneros ordinarios. Este Acuerdo resuelve ese punto: exención de derechos de aduana y de prohibiciones de importación y exportación, inmunidad frente a requisa, o ejecución, y trato equivalente al de un organismo internacional en materia de comunicaciones oficiales, incluidas las valijas selladas.

Objetivo

Dar a la Agencia Brasile├▒o-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares las facilidades aduaneras y de comunicaci├│n indispensables para que sus inspecciones se realicen con agilidad en territorio argentino.

Problema que resuelve

La Agencia deb├¡a inspeccionar instalaciones nucleares en los dos pa├¡ses y trasladar equipos de medici├│n y muestras de materiales nucleares a trav├®s de la frontera. Sometidos al r├®gimen aduanero com├║n, esos traslados pod├¡an demorarse o quedar trabados por prohibiciones y restricciones de importaci├│n y exportaci├│n, y los equipos pod├¡an ser objeto de requisa o . Una demora en una inspecci├│n afecta directamente la credibilidad del sistema de salvaguardias, que es lo que sostiene la confianza mutua entre ambos pa├¡ses y frente a la comunidad internacional.

A quiénes alcanza

Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nuclearesautoridad aduaneraComisión Nacional de Energía AtómicaAutoridad Regulatoria Nuclearoperadores de instalaciones nucleares
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino debe eximir de derechos de aduana y de prohibiciones y restricciones de importaci├│n y exportaci├│n a los equipos y muestras de materiales nucleares que la Agencia traslade para sus inspecciones.
  • La Agencia debe notificar al Gobierno y solicitar la franquicia en cada caso concreto en que necesite trasladar equipos o muestras.
  • La exenci├│n no dispensa del cumplimiento de las normas argentinas de protecci├│n sanitaria y ambiental, y los art├¡culos importados con franquicia no pueden venderse en el pa├¡s.

Derechos que reconoce

  • La Agencia tiene derecho a que sus equipos y muestras no sean objeto de requisa, ni medida de ejecuci├│n, salvo que ella misma preste consentimiento expreso en el caso particular.
  • La Agencia tiene derecho a un trato no menos favorable que el otorgado a cualquier organismo internacional en materia de prioridades, tarifas e impuestos sobre sus comunicaciones oficiales.
  • La Agencia puede usar claves y despachar y recibir correspondencia en valijas selladas, con las mismas inmunidades que las valijas diplom├íticas.

Casos de uso

  • Un funcionario aduanero debe resolver el ingreso de equipos de medici├│n pertenecientes a la Agencia.
  • Un operador de una instalaci├│n nuclear necesita entender el marco de las inspecciones binacionales que recibe.
  • Un investigador de relaciones internacionales estudia la arquitectura de confianza nuclear entre Argentina y Brasil.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo sobre Inmunidades y Privilegios de la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares, suscripto en Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, el 19 de mayo de 1993. Consta de seis artículos que van como anexo y forman parte de la ley.