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Art. 10
Ley 24.588
Artículo 10
Registro de la Propiedad e IGJ
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Texto oficial
El Registro de la Propiedad Inmueble y la Inspección General de Justicia continuarán en
jurisdicción
del Estado Nacional.
Qué significa en la práctica
El Registro de la Propiedad Inmueble y la Inspección General de Justicia continúan en
jurisdicción
del Estado Nacional.
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Normas relacionadas
Complementa a
Constitución de la Nación Argentina
→
Relacionada con
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
→
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