Los empleadores que celebren acuerdos conciliatorios o se sometan a la instancia arbitral del título IX, tendrán preferencia para acceder a los programas de empleo y formación profesional que gestione el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Qué significa en la práctica
Los empleadores que concilien o arbitren tienen preferencia para acceder a los programas de empleo y formación.