En los establecimientos de ejecución no podrán alojarse procesados, con excepción de aquellos recibidos en virtud de definitiva y que tengan otra causa pendiente o posterior a su ingreso.
Establecimientos para mujeres
Qué significa en la práctica
En los establecimientos de ejecución no se alojan procesados, salvo los condenados por definitiva que tengan otra causa pendiente.