Ley 24.660

Artículo 201Régimen del personal

Texto oficial

— La ley y los reglamentos determinarán un adecuado régimen de selección, incorporación, retribuciones, estabilidad, asignación de funciones, ascensos, retiros y pensiones, teniendo en cuenta el riesgo, las exigencias éticas, intelectuales y físicas y la dedicación que su misión social requiere. El contenido de esas normas legales y reglamentarias deberá considerar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre Tratamiento de los Reclusos, las Recomendaciones de las Naciones Unidas sobre la Selección y Formación del Personal Penitenciario adoptadas en Ginebra, 1955 y la Resolución 21 A del Octavo Congreso de las Naciones Unidas, celebrado en La Habana en 1990.

Qué significa en la práctica

La ley y los reglamentos fijan un régimen de selección, retribución, estabilidad, ascensos y retiros del personal, considerando las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre el tratamiento de los reclusos y la formación del personal penitenciario.

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