Ley 24.660

Artículo 204Formación del personal

Texto oficial

— En cada del país se organizará o facilitará la formación del personal, según los diversos roles que deba cumplir, así como su permanente actualización y perfeccionamiento profesional.

Qué significa en la práctica

Cada organiza o facilita la formación del personal según sus roles, con actualización y perfeccionamiento permanentes.

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